Programa | DIGITALIZA-CV – SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE DIGITALIZACIÓN DE PYME 2023 |
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Órgano Gestor | Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) |
Ámbito Geográfico | Comunidad Valenciana |
Modalidad | Subvención a fondo perdido |
Presupuesto | mín. 15.000€ |
Nº Solicitudes Máx | 30% hasta 100.000€ |
Nº Solicitudes Máx | 1 sola solicitud por empresa (en caso de presentar varias, se tendrá en cuenta la última presentada) |
Beneficiario |
Nota 1: Cuando la actividad principal de la empresa solicitante no esté incluida en la relación anterior, no podrá ser beneficiaria de la ayuda salvo que aporte una copia del formulario de la Agencia Tributaria (AEAT) 036/037 de alta o modificación en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, en el que figure un código de actividad equivalente a alguno de los CNAE admitidos, según la correspondencia entre IAE y CNAE publicada por la AEAT, así como información que cuantifique esta actividad. Nota 2: 4. En ningún caso podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura, o cuya actividad principal sea el comercio Nota 3: se considerará pyme la entidad cuyas características se ajusten a lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) 2021/1237 de la Comisión de 23 de julio de 2021 por el que se modifica el Reglamento (UE) no 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. (Es decir, de los 2 últimos ejercicios cerrados de la entidad solicitante de la ayuda + accionistas_y_participadas (en proporción): Facturación < 50M€ ó Activo < 43M€; y Nº medio trabajadores < 250). Nota 4: encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones medioambientales en las instalaciones en las que se vaya a realizar el proyecto y en su sede social en el caso de que no coincida con el domicilio de ejecución del proyecto. (se deberá cumplir con este requisito en el momento de la concesión de la ayuda. Nota 5: Deberá aportarse junto a la solicitud, cuando el gasto previsto sea igual o superior a 15.000 euros, IVA excluido, la acreditación de haber solicitado antes de la contracción del gasto como mínimo tres ofertas de diferentes empresas proveedoras sin vinculación ni entre ellas ni con la empresa solicitante de la ayuda. La misma obligación será exigible cuando con una misma empresa proveedora el gasto total realizado en el proyecto sea igual o supere, IVA excluido, la cuantía de 15.000 euros, debiendo por tanto solicitar las ofertas antes de la contracción de cada uno de los gastos. |
Plazo Solicitud | 19/01/2023-02/03/2023 a las 23:59:59 horas. |
Plazo Ejecución | 1/01/2023-31/12/2023 |
Plazo Justificación | 09/02/2023 (se concretará en el momento de la Comunicación de la concesión de la Ayuda) |
Actuaciones Apoyables |
Soluciones innovadoras encaminadas a la digitalización de la actividad de la empresa solicitante, en el ámbito de los CNAES antes detallados y relacionados con una o varias de las siguientes actuaciones: a) Sistemas de información para la gestión del ciclo de vida de productos y servicios. Concretamente se considerarán apoyables:
b) Adaptación a la industria 4.0, implantación de gemelos digitales, control de procesos productivos, sistemas de captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización asociados a producto, servicio y proceso. Concretamente se considerarán apoyables:
c) Sistemas de planificación de recursos empresariales, logística interna y externa, e integración de cadena de valor horizontal y vertical, comercio electrónico (excluidos sistemas de Marketplace), así como sistemas de información relacionados con proyectos de economía circular. Concretamente se considerarán apoyables:
d) Sistemas avanzados de seguridad, análisis de datos, inteligencia artificial, relacionados con algún ámbito de los detallados en las anteriores actuaciones, es decir, vinculados con actuaciones como las descritas en los apartados anteriores a, b ó c anteriores, realizadas por la empresa dentro del proyecto objeto de apoyo o ya desarrolladas con anterioridad. Concretamente se considerarán apoyables:
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Costes Subvencionables |
a) Adquisición de activos inmateriales. Software relacionado con el desarrollo de los proyectos, incluyendo, si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento. Se considerarán:
b) Adquisición de activos materiales:
Los activos deberán quedar instalados en el establecimiento productivo de la empresa beneficiaria en la Comunitat Valenciana. c) Servicios externos: costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables. El importe máximo admisible será el que resulte menor de los siguientes: un 15% del resto de costes subvencionables o 14.500 euros. No se considerarán subvencionables los bienes y servicios adquiridos o prestados por personas, entidades o empresas vinculadas con la empresa beneficiaria, entendiendo por tales las que respondan a la definición del artículo 68.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. |
Tipologías de Actuación |
Los proyectos consistirán en la implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras encaminadas a la digitalización. Las soluciones planteadas deberán relacionarse con una o varias de las tipologías de actuación descritas en la convocatoria (se relacionan a continuación):
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SERVICIOS IFEDES
Desde IFEDES gestionamos Ayudas Públicas en el ámbito de la I+D, innovación tecnológica, inversiones productivas, digitalización e internacionalización. Gestionamos todas las modalidades de ayuda: fondo perdido, préstamo, bonificación, deducción fiscal. De este modo, acompañamos y asesoramos en todo el proceso de tramitación, desde la solicitud hasta el cobro de la ayuda.
Servicios que realizamos en Gestión de Ayudas:
- Diagnosis previa sobre el nivel de aprovechamiento de Incentivos Públicos en la empresa.
- Identificación de proyectos de la empresa potencialmente incentivables
- Idoneidad de los Programas de Ayuda más adecuados para cada proyecto.
- Presentación previa de los proyectos a la Administración en aras de confirmar su adecuación a los programas y definir la mejor estrategia.
- Soporte técnico y documental necesario para la solicitud ayudas públicas. Reporte de especificaciones técnicas con expertos de la empresa.
- Presentación de los proyectos ante la Administración. Seguimiento de cuantas reuniones sean necesarias para clarificar el contenido de los mismos.
- Asistencia en la elaboración de todos los datos adicionales que requiera la Administración con el fin de facilitar la tramitación de los expedientes.
- Atención de consultas relacionadas con los proyectos y programas en vigor.
- Coordinación de auditorías y visitas de técnicos de la Administración.
- Soporte de justificación documental (técnica y económico-financiera) de los proyectos a efectos de cobro final de las ayudas obtenidas.
Para más información contactar:
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Teléfono: 601 751 800