DIGITALIZA CV – TELETRABAJO

Ayuda digitaliza para teletrabajo

 

En este articulo encontrarás información sobre la ayuda Digitaliza de teletrabajo.

AYUDA PARA PYMES

 

Dirigido a:

Pyme con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana.

  • Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43.
  • Sección H-Divisiones 49 a 53.
  • Sc J-Divisiones 58 a 63.
  • Sc. M-Divisiones 69 a 74.

Plazo Presentación solicitudes: Desde el 04/05/2020 hasta el 26/05/2020

Plazo Ejecución: Desde el 01/01/2020 hasta el 31/03/2021

Actuaciones Apoyables

Implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras para facilitar el teletrabajo de la empresa solicitante. Podrán consistir en una o varias de las siguientes:

a) Soluciones de acceso a redes corporativas, entre otras, escritorios remotos, virtuales, y operación remota de equipos y dispositivos. Se incluye la puesta en funcionamiento de los sistemas de telecomunicación, sistemas de seguridad avanzados y de monitorización remota, necesarios para el correcto funcionamiento de las soluciones.
b) Soluciones para facilitar el teletrabajo en grupo, su organización y seguimiento, incluyendo, entre otras, videoconferencia, chats, acceso y utilización de recursos compartidos, control de productividad, etc.
c) Soluciones para facilitar el control y la operación remota de procesos productivos, monitorización y soporte remoto de productos, así como la prestación de servicios no presenciales.
Podrán incluir también, entre otros, sistemas de control numérico, sistemas MES, sistemas SCADA, aplicaciones para facilitar el mantenimiento preventivo…
Sistemas de fabricación aditiva e impresión 3D e instalación de PLC, siempre que se justifique adecuadamente que su incorporación elimina o minimiza significativamente la operación presencial.

 

 

Objetivo

  • Facilitar la implantación y extensión del teletrabajo en las pymes de la Comunitat Valenciana

 

Intensidad de Ayuda

─ Pequeña empresa: hasta el 40%
─ Mediana empresa: hasta el 30%
Subv. máxima 100.000€ 

 

Costes Subvencionables

a) Adquisición de activos inmateriales.

Software relacionado con el desarrollo de los proyectos, incluyendo, si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento. Se considerarán:

  • Licencias de software.
  • Desarrollo de aplicaciones a medida.
  • Costes por uso de soluciones y aplicaciones (modalidades XaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto.
  • Costes de instalación, adaptación, configuración y puesta en funcionamiento de las soluciones.

b) Adquisición de activos materiales:

  • Equipos de telecomunicación y de seguridad.
  • Servidores.
  • Ordenadores personales así como los dispositivos de comunicación de los mismos, necesarios para desarrollar el trabajo remoto.
Quedan excluidos, entre otros, los teléfonos móviles, las instalaciones de telecomunicación en los lugares desde donde se realiza el teletrabajo, así como el alta y las cuotas de los operadores de telecomunicación que faciliten los servicios de teletrabajo.
El importe máximo admisible de los equipos incluidos en este apartado será de 14.500 euros.

– Adquisición o adaptación de bienes de equipo, sensores y automatismos, directa y exclusivamente relacionados con la actuación apoyable c.

c) Servicios externos: costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables, así como, si fuera necesario, para la readaptación de la actividad o la organización de la propia empresa. El importe máximo admisible será de 14.500 euros.

No se considerarán subvencionables los bienes y servicios adquiridos o prestados por personas, entidades o empresas vinculadas con la empresa beneficiaria, entendiendo por tales las que respondan a la definición del artículo 68.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

imagen ayuda para pymes

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies,

ACEPTAR
Aviso de cookies