Acciones complementarias de impulso y fortalecimiento de la innovación

El objetivo de este programa es reforzar las estructuras de apoyo a la innovación existentes en la Comunidad Valenciana y facilitar la difusión de la I+D+i entre las empresas. De manera específica se pretende:

  • Incrementar la participación de los agentes del Sistema Valenciano de Innovación en proyectos y programas de I+D+i.
  • Posibilitar la coordinación y cooperación entre agentes del Sistema Valenciano de Innovación.
  • Fomentar la internacionalización en materia de I+D+i de los agentes del Sistema Valenciano de Innovación.
  • Facilitar la promoción y difusión de la I+D+i entre las empresas de la Comunitat Valenciana.

La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que podrá alcanzar hasta el 100% de los gastos subvencionables del proyecto.

PLAZOS

  Desde Hasta
Solicitud 13/04/2022 06/05/2022
Proyecto 01/01/2022 30/09/2024
Justificación Fase 1 05/10/2022
Fase 2 05/07/ 2023
Fase 3 02/10/ 2024 o hasta el 10/01/2025 para pagos posteriores

BENEFICIARIOS

Tendrá la condición de entidad beneficiaria cualquier agente del Sistema Valenciano de Innovación con personalidad jurídica, de naturaleza pública o privada sin ánimo de lucro, cuya sede social o actividad se desarrolle, en su totalidad o en una parte significativa, en la Comunitat Valenciana, que facilite la creación, difusión, aplicación o transferencia del conocimiento científico o tecnológico a las empresas o preste servicios a las mismas en materia de apoyo a la innovación.

A su vez, y siempre que se cumplan las condiciones del párrafo anterior, tendrán la condición de entidades beneficiarias las universidades públicas y privadas, organismos de investigación, centros tecnológicos, plataformas tecnológicas, clústeres, entidades locales, agrupaciones y asociaciones empresariales sectoriales, cámaras de industria y comercio, colegios profesionales, parques científicos y entidades de gestión y conservación de áreas industriales.

 PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Los proyectos susceptibles de ser objeto de las ayudas serán los siguientes:

  • Realización de actividades de promoción y difusión del conocimiento científico-tecnológico con amplia repercusión.
  • Acciones de dinamización de la cooperación entre empresas y/o agentes del Sistema Valenciano de Innovación.
  • Elaboración de estudios de prospectiva y demanda temprana, así como de vigilancia tecnológica relacionados con áreas prioritarias de la RIS3CV o retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI y vinculados a la I+D+i.
  • Fomento de la participación en actividades de internacionalización de la I+D+i con repercusión en el tejido empresarial de la Comunidad Valenciana.
  • Puesta en marcha y desarrollo de nuevos servicios de I+D+i facilitados por los agentes del Sistema Valenciano de Innovación.
  • Cualquier otra actividad que facilite la creación, difusión, aplicación o transferencia del conocimiento científico o tecnológico a las empresas

Requisitos de los proyectos:

  • En el proyecto debe participar al menos un organismo de investigación o centro tecnológico, distinto al propio solicitante, que aporten su experiencia en el desarrollo de I+D+i, aunque no suponga una participación económica en el presupuesto subvencionable.
  • El mismo debe contemplar una amplia difusión de las acciones a desarrollar.
  • El proyecto debe tener un impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
  • El contenido de los proyectos presentados deberá ser coherente con la actividad, fines y estrategia de la entidad solicitante.
  • El coste elegible del proyecto será igual o superior a 50.000 euros con un máximo de 150.000 euros. 

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto. En caso de proyectos de I+D los gastos de personal podrán referirse a personal investigador, personal técnico y demás personal auxiliar.
  • Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
  • Gastos de material inventariable en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material inventariable no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto. Se excluyen los dispositivos informáticos de uso genérico.
  • Gastos de desplazamiento y alojamiento de personal con motivo de las actividades del proyecto. No se consideran elegibles los gastos de restauración; respecto a los gastos de transporte, únicamente serán elegibles los gastos de desplazamiento en medios públicos de transporte interurbano y, todos ellos del personal propio de la entidad solicitante con motivos de las actividades del proyecto.
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. El coste máximo subvencionable del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto será de 400 euros, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.

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